La maternidad de las autónomas, bonificada al 100%

Novedades de la Ley de Medidas Urgentes para el Trabajo Autónomo

Publicado el 30 Jun 2017

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Los autónomos contarán con un texto legislativo cuyo objetivo es equiparar los derechos del colectivo de cotizantes al RETA (Régimen General de Trabajadores Autónomos) con los de los trabajadores del Régimen General.

Uno de ellos será la maternidad de las autónomas, que será bonificada al 100%. Dicha medida afecta también a paternidad, adopción, acogimiento y riesgo de embarazo y lactancia.

Para beneficiarse de esta medida no será necesario contratar a un susitituto, tal y como planteó el Partido Popular el pasado mes de marzo en sus enmiendas a la ley. Además, la bonificación será compatible con las aplicables a los contratos de interinidad. El objetivo es que un tercero pueda seguir desarrollando la actividad durante la baja por maternidad, paternidad, adopción, etc… del titular. Para ello, el contrato deberá suscribirse con un desempleado.

Otra de las medidas a reseñar afecta a las madres que se reincorporen a su actividad dentro de los dos años posteriores a haber solicitado la baja. En este caso, durante los doce meses siguientes a la reincorporación quienes coticen por la base mínima sólo tendrán que abonar una cuota de 50 euros por contingencias comunes. En el caso de las trabajadoras por cuenta propia que coticen por una base superior, la bonificación será del 80% de la citada cuota.

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Redacción TICPymes

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