Si has decidido dejar de ser autónomo, lo primero que tienes que hacer es acudir a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) para cumplimentar y enviar el Documento Único Electrónico (DUE). Una vez enviado, podrás consultar a través de Internet el estado de tu expediente, gracias al sistema CIRCE. Para cumplimentar el DUE es necesario aportar el original y la fotocopia del DNI del empresario y de los trabajadores si los hubiera, así como original y fotocopia de la tarjeta de la Seguridad Social o cualquier otro documento que acredite el número de afiliación. Si el autónomo está casado, tendrá que presentar también el DNI del cónyuge y declarar el régimen matrimonial en que se encuentran. Se le solicitarán, además, los datos del domicilio de la empresa, así como el número de cuenta de cotización a la Seguridad Social.
Una vez enviado, el sistema inicia la tramitación, trasladando a cada organismo la documentación que le corresponda según su competencia. La Tesorería General de la Seguridad Social procederá a comunicar el cese de actividad y tramitará la baja del empresario en la cuenta de cotización y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Además, en los Ayuntamientos que colaboran con CIRCE o están adheridos al programa Emprende en 3 se realizará la solicitud de cese de actividad del trabajador. Por último, el DUE procederá a solicitar la baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores ante la Agencia Tributaria.
Esto es lo que puedes hacer por Internet. El resto, como la extinción de contratos de trabajo, la comunicación del cierre del centro de trabajo y los ficheros de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos deberán ser tramitados en los lugares competentes.