Autónomo: dos leyes que no sabías que tenías que cumplir

Pymes y autónomos no tienen presente algunos puntos de la legislación, lo que puede acarrearles sanciones.

Publicado el 07 Ene 2016

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El desconocimiento no exime del cumplimiento de la ley. Es sabido y aplicado. El ‘no lo sabía’ no le vale al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que castiga implacable a quien no acata la ley. ¿Estás cumpliendo con todo?

Dos de las normas que pasan más desapercibidas son las que hacen referencia al calendario laboral y al Registro de Ficheros de carácter personal.

Obtención de calendario laboral

Las empresas deben exponer en un lugar visible del centro de trabajo el calendario laboral. El trabajador debe ver el horario de trabajo de la compañía, la distribución de los días festivos, de trabajo, descansos semanas y entre jornadas y otros días inhábiles según el convenio colectivo. La ley que regula esta norma aparece recogida en los artículos 34 a 38 del Real Decreto Legislativo 1/1995, que publica de forma anual la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Registro de ficheros de carácter personal

Cuando un emprendedor vaya a poner en marcha un negocio, en el caso de que se ocupe la empresa de gestionar datos de carácter personal, deberá tener en consideración las obligaciones de la Ley Orgánica de Protección de Datos, ya que deberá responsabilizarse de los ficheros, por lo que dichas obligaciones recaerán sobre su figura. Los ficheros con datos de carácter personal se deben inscribir en el Registro General de Protección de Datos.

La operativa de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal sigue siendo una incógnita para la gran mayoría. Una clara muestra son las cifras facilitadas por la Asociación Profesional de la Privacidad de Castilla La Mancha, que confirma que el 95% de las pymes incumplen esta Ley y con faltas catalogadas como graves o muy graves según el baremo que establece la LOPD.

Estos datos son extrapolables al conjunto del tejido empresarial español, según explica Paola Redecilla, experta en Derecho de Protección de datos de IMAdvisory: “Desgraciadamente no existe cultura de protección de datos y las empresas asumen unas contingencias muy elevadas que pueden llevarlas incluso a la quiebra”.

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Redacción TICPymes

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