Soy/era autónomo ¿Puedo cobrar el paro?

Los autónomos tienen derecho a una cobertura por cese de actividad, el denominado paro de los autónomos.

Publicado el 31 Dic 2015

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Sí. Los trabajadores autónomos tienen derecho a una cobertura por cese de actividad, el denominado popularmente paro de los autónomos. Lo detentan desde el pasado 26 de diciembre de 2014 al modificarse la Ley de Mutuas que forma parte de la Ley General de la Seguridad Social.

Desde su entrada en vigor el 1 de enero de 2015 los autónomos cuentan con un sistema de protección de trabajadores por cuenta propia de carácter voluntario. Sin embargo, existen ciertos requisitos para poder acceder a dicha prestación. Los repasamos:

El autónomo debe estar dado de alta en la Seguridad Social y estar al día en el pago de sus cuotas.

• El trabajador por cuenta propia no puede haber alcanzado la edad de jubilación.

• La Ley 32/2010 del 5 de agosto prevé todas las incompatibilidades contempladas para acceder al “paro de los autónomos”.

• El autónomo debe acreditar un periodo de cotización mínimo para poder cobrar la prestación. Ocurre lo mismo en caso de cese de actividad, cuyo plazo es de al menos un año, esto es doce meses consecutivos anteriores al cese, con el mismo mes en el que se produzca incluido.

El cese de la actividad del autónomo debe obedecer a criterios económicos, pérdida de licencia o casos de fuerza mayor que van desde la violencia de género al divorcio pasando por separaciones de bienes matrimoniales. Todos ellos deben justificarse.

• Es suficiente con acreditar un nivel de pérdidas de su negocio del 10% para poder solicitar el paro de los autónomos. Anteriormente este límite ascendía al 30%.

• El autónomo –como cualquier parado que cobra una prestación por desempleo- debe firmar un compromiso de actividad atendiendo a toda convocatoria del SEPE de índole formativo, emprendedor o de orientación profesional.

• Deberá asimismo cumplir con las obligaciones propias especificadas en los artículos 17.1 g) y h) de la Ley 32/2010, de 5 de agosto.

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Redacción TICPymes

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