Amor presenta las propuestas de ATA ante la nueva reforma fiscal

El presidente ha mostrado su satisfacción ante la buena acogida por parte de Montoro.

Publicado el 19 Feb 2014

Pie de foto: El presidente nacioanal de la Federaci—n Nacional de Asociaciones de Trabajadores Aut—nomos, ATA, Lorenzo Amor, presenta a la ganadora del II Premio Aut—nomo de Castilla y Le—n, Rosa M» Iglesias(D).

Lorenzo Amor, presidente de la Federación de Autónomos ATA ha presentado esta mañana a Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, sus propuestas de cara a la próxima reforma fiscal, entre las que destacan:

Limitación régimen estimación objetiva o módulos: Limitarlo exclusivamente a aquellas actividades cuyos destinatarios directos sean consumidores finales y no otros empresarios o profesionales. Ahora bien, una medida de este tipo debe tomarse con un efecto anuncio prolongado y que permita a los contribuyentes adaptarse a la nueva situación.

– Retenciones a profesionales: las retenciones a profesionales, hoy en el 21% deben ser progresivas, como lo son en las nóminas; no debe ser igual retener un 21% al autónomos que tiene unos ingresos de 1.000 euros como al que tiene unos ingresos de 6.000 euros, como no es lo mismo la retención al asalariado mileurista que al que está en la base máxima.

– Deducciones familiares: Hay que recuperar deducciones familiares por gasto en sanidad, educación, estética y rehabilitación, lo que facilitaría que los ciudadanos contrataran con profesionales que pagan sus impuestos y cotizaciones frente a quien está en la economía sumergida. El porcentaje de deducción debería ser lo suficientemente elevado para que no fuese más rentable pagar sin IVA, para evitar que esto suponga un coste demasiado elevado en cuanto a recaudación se establecerían para cada uno de los conceptos una cuantía máxima deducible.

Deducciones a particulares para la financiación de autónomos y emprendedores: establecer una deducción similar a la que ya existe en el caso de los Business Angels, pero sólo hacia sociedades, en la microfinanciación de un particular a un autónomo persona física, con control notarial y registro, con un límite de interés, un límite de cuantía de 30.000 euros y con el fin de que el ahorro de los particulares se convierta en inversión productiva y financiación en la economía real.

Régimen de infracciones y sanciones al incumplimiento de los plazos de pago que establece la Ley de Morosidad.

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Redacción TICPymes

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