Si la vida del autónomo ya es difícil, un embarazo puede complicar aún más las cosas. ¿O no? Con una buena planificación y tus derechos por delante, contribuirás a la raza humana y mantendrás tu negocio a flote. No te vamos a engañar, el esfuerzo es imprescindible, pero el resultado merecerá la pena.
Para empezar, ten claro que las trabajadoras autónomas gozan de los mismos derechos que el resto -aquellas que trabajan por cuenta ajena- en el caso de maternidad. Percibirás una prestación del 100% de la base reguladora de cotización durante las 16 semanas que durará tu baja maternal. La mala noticia es que debes seguir cotizando a la Seguridad Social durante ese periodo.
Para acceder a esta prestación, además de estar dada de alta, debes estar al corriente de pago de las cuotas. Además, según la web bbvacontuempresa tienes que haber cotizado un periodo mínimo que varía en función de la edad. Si eres menor de 21 años, no es necesario haber cotizado, para las jóvenes entre 21 y 26 años es imprescindible haberlo hecho al menos 90 días en los últimos siete años o 180 días en toda su vida laboral. Las mayores de 26 años sólo podrán acceder a la prestación si han cotizado durante 180 días en los 7 años anteriores al parto o 360 días a lo largo de su vida laboral.
Cumplidos los requisitos, tendrás derecho a una baja por descanso de 16 semanas, tanto en el caso de maternidad, como por adopción, acogimiento o tutela. La cuantía a percibir es del 100% de la base reguladora de la profesional, que será similar a la establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
Si tu médico te manda reposo en las últimas semanas de embarazo, hazle caso. En los casos de riesgo durante el embarazo o cuando la actividad laboral influya negativamente en tu salud o la de tu bebé, tendrás derecho a una prestación económica derivada de contingencias profesionales que se prolongará hasta que puedas incorporarte a tu actividad o inicies el periodo de baja por maternidad.
Si eres el papá, también tienes derecho a tu prestación por paternidad, aunque también debes cumplir los mismos requisitos de cotización que las mamás. La prestación alcanza el 100% de la base reguladora y tiene una duración de 13 días naturales desde el parto.