Hora de cambiar el nombre a tu empresa

En su día no elegiste bien, o resulta que ahora el nombre se asocia a algo negativo. Nunca es tarde para dar marcha atrás.

Publicado el 14 Abr 2016

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A veces resulta algo necesario. El tiempo pasa y hay que adaptarse a los nuevos tiempos. Sin ofender, pero… ¿Contrataría por ejemplo Susana Griso a Saneamientos Paco para remodelar su cuarto de baño o tendría más posibilidades ‘Baños con encanto’? La internacionalización es otro punto a tener en cuenta, pues un nombre en inglés nos abriría muchas puertas.

Aunque parezca algo sencillo, lo cierto es que el nombre de una empresa está sometido a toda una retahíla de controles. Si ya hemos decidido dar el paso, lo primero que hay que saber es que el nombre se recoge en el Registro Mercantil y sirve como identificación de la sociedad para cualquier otro proceso.

En primer lugar, se debe convocar una Junta General Extraordinaria, que debe incluir entre los puntos a tratar el cambio de nombre. Una vez decidido, hay que acudir al Registro Mercantil para comunicarlo. La siguiente entidad que debe ser comunicada ante un cambio de este tipo es la Agencia Tributaria. Allí debemos presentarnos con el modelo 036, junto a una copia de la escritura que certifica que se ha procedido al cambio de denominación social. Y, por último, se debe comunicar este cambio a la Seguridad Social.

Y listo. La identificación fiscal, así como los códigos de cotización a la Seguridad Social, se mantienen. En el caso de un contrato de arrendamiento no será necesario renovarlo con la nueva razón social. Tanto el nuevo nombre, como el anterior, están ya registrados, quedando plenamente identificado y claro de qué sociedad se está hablando en el mencionado contrato.

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Redacción TICPymes

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