¿Cuál es el mejor momento para cambiar de gestoría?

El cambio dependerá del tipo de negocio y su ciclo contable.

Publicado el 05 Ene 2015

mgestoria

Tanto los emprendedores que inician su camino como los empresarios con más experiencia comienzan a hacer balance del año 2014. Entre otras tareas, toca revisar las facturas y comparar para seguir con los mismos proveedores o buscar otros más competitivos. Las nuevas tecnologías y la crisis han cambiado el panorama empresarial dentro del territorio español en muchísimos aspectos.

Uno de los gastos a revisar es la gestoría. El sector de la gestión y el asesoramiento empresarial, en el que tradicionalmente el cliente no suele mirar a la competencia por estar sujeto al dicho: “me lo llevan desde toda la vida”; se ha transformado. Aplicaciones y portales online ofrecen el mismo servicio, con grandes beneficios y a un precio más bajo. Y ahora… ¡cada céntimo cuenta!

El 98% de las empresas españolas de 10 o más empleados dispone de conexión a Internet, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), por lo que muchos procesos se han digitalizado. Así que las herramientas online como Migestoriaonline.es, se han convertido en una alternativa para ahorrar.

Entre otras mejoras, la Era Digital ha permitido las comunicaciones entre las gestorías-asesorías y Hacienda, obligando a que todo sea a través de Internet. Esta digitalización ha hecho que cualquier persona con un negocio pueda ser gestionada por una asesoría que se encuentre en otra provincia o municipio. Esto aumenta la oferta en el sector, lo que hace al cliente replantearse el cambio con el fin de mejorar la eficiencia en la gestión y el precio de las cuotas.

Pero… ¿Cuál es el momento idóneo para cambiar de gestoría? ¿Podemos hacerlo a primeros de año? Según los expertos de Migestoriaonline dependerá del tipo de negocio:

Autónomos

El mejor momento sin duda será el 1 de enero, ya que al coincidir con el cambio de ciclo contable no necesita prácticamente nada del pasado como sí ocurre en las Sociedades Limitadas. Lo único a tener en cuenta sería el IVA a compensar en caso de tener disponible y que éste no haya sido solicitado a devolver.

Sociedades Limitadas

Al igual que con los autónomos cambia el ciclo contable y solo se necesita la información del IVA a compensar. Sin embargo la presentación de cuentas del año anterior se realiza entre enero y julio (legalización de libros, depósito de cuentas e impuesto de sociedades), por lo tanto aquí tenemos dos opciones:

  • 1 de enero: en caso de que la gestoría anterior se encargue de presentar las cuentas del ciclo contable pasado ya que tiene todos los datos registrados. O si este trabajo se le encarga también a la nueva con su coste añadido.
  • 1 de agosto: para que la primera gestoría se encargue totalmente del pasado ciclo y gestione el primer semestre.

No obstante, cada empresa tiene sus situaciones particulares que deben ser analizadas y estudiadas para poder hacer el cambio de gestor.

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Redacción TICPymes

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