Abierta la convocatoria de ayudas a transportistas autónomos que cesen su actividad

El plazo estará disponible hasta el 25 de mayo.

Publicado el 04 May 2012

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La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA, recuerda a todos los autónomos que el Ministerio de Fomento acaba de publicar la convocatoria de ayudas para transportistas autónomos mayores de 58 años que deseen abandonar la actividad de transporte público por carretera, que tendrán de plazo hasta el próximo 25 de mayo de 2012 para solicitarlas.

Los requisitos que deben poseer los solicitantes para solicitar las ayudas que otorga el Ministerio de Fomento son los siguientes:

-Ser Transportista autónomo de mercancías o viajeros dado de alta en este régimen en la Seguridad Social, de forma ininterrumpida, durante los últimos diez años. Se permitirá, no obstante, una única interrupción por periodo no superior a tres meses.

-Tener edad igual o superior a 58 años o tener declarada una incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.

-Ser titular de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años de un máximo de tres autorizaciones (copias) de transporte público (debiendo al menos una encontrarse vigente en el momento de la solicitud). Se permite una única interrupción por periodo no superior a tres meses.

No haber desaprovechado otras ayudas al abandono de la actividad que hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en los tres años anteriores (renuncia o no haber aportado documentación).

-La obligación de mantener en vigor la autorización por la que se recibe la ayuda hasta la fecha de la renuncia (que habrá de producirse con posterioridad a la resolución de concesión).

En cuanto al importe de las ayudas a percibir se calculan en base a los siguientes conceptos:

-Por la autorización de transporte público 30.000 euros.
-En el caso de transportistas con edad inferior a 65 años, 5.300 euros por cada seis meses completos hasta cumplir los 65. En el caso de transportistas con esa edad ya cumplida o solicitantes con una declaración de incapacidad permanente absoluta no percibirán estas cuantías. El plazo de semestres comenzará a computarse desde el 1 de junio de 2012

El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Las solicitudes deberán dirigirse al Director General de Transporte Terrestre. La ordenación e instrucción del procedimiento se realizará por la Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación del Transporte Terrestre y la resolución se dictará por el Secretario General por delegación del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado y pondrá fin a la vía administrativa.

Puedes descargarte la solicitud que aparece en el Boletín Oficial del Estado del día 24 de abril o en la dirección: http://www.boe.es/boe/dias/2012/04/24/pdfs/BOE-A-2012-5448.pdf

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Redacción TICPymes

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