Más de 62.000 empresas gestionarán el IVA electrónico

En enero de 2017 sera su puesta de largo pero hoy se desarrolla una prueba piloto para la declaración de este impuesto.

Publicado el 24 Dic 2015

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La Agencia Tributaria (AEAT) usará la tecnología para el cumplimiento fiscal. Después de la factura electrónica, ahora será el IVA el protagonista de un nuevo sistema denominado Suministro Inmediato de la Información (SII).

De esta manera, a partir del mes de enero de 2017, más de 62.000 empresas estarán obligadas a usar el nuevo sistema para declarar el impuesto. Sin embargo, el próximo 11 de enero de 2016 se inicia la primera fase del proyecto piloto.

“Esta prueba tiene por objetivo testar el funcionamiento del nuevo sistema SII a través de un intercambio de información con un grupo de empresas seleccionadas. Por otro lado, busca que los proveedores tecnológicos adapten por completo sus plataformas para anticipar el cambio que se avecina”, explica Miguel Soler, Pre-Sales Manager de EDICOM, compañía seleccionada por la AEAT para la participación en el Proyecto Piloto.

Como EDICOM, multinacional española especializada en facturación electrónica e intercambio electrónico de datos, las empresas que se adhieran a esta iniciativa, por obligación o de forma voluntaria, pasarán a gestionar su impuesto de IVA electrónicamente, de una forma similar al borrador de la renta. La llevanza de los libros de registro se realizará a través de la propia sede electrónica de la AEAT y ya no será necesario presentar los modelos 340, 347 y 390. “Este avance tecnológico simplificará el cumplimiento fiscal, reducirá el número de errores y a priori agilizará la devolución del impuesto”, añade Soler. Otro de los grandes beneficios es que las compañías tendrán la posibilidad de automatizar la declaración de este impuesto.

La Ley General Tributaria (LGT) incluye algunas modificaciones relacionadas con el nuevo sistema de Suministro Inmediato de la Información (SII). En ella existe una modificación en el apartado 3 del artículo 29 acerca de las obligaciones tributarias formales: en determinados casos, “la aportación o llevanza de los libros registro se debe efectuar de forma periódica y por medios telemáticos”.

Esta obligación entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2017.

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Redacción TICPymes

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