La Ley de Emprendedores sigue dando vueltas

El Senado ya la ha aprobado y ahora vuelve al Congreso para que se revisen los cambios.

Publicado el 12 Sep 2013

Senado

El Pleno del Senado aprobó ayer el proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, norma que se tramitó por el procedimiento de urgencia. De esta manera, el texto vuelve ahora al Congreso de los Diputados para que éste ratifique o rechace los cambios que se han introducido en la norma durante su tramitación en la Cámara Alta.

Entre otras medidas, esta ley recoge la creación de un régimen especial de criterio de caja en el IVA para autónomos y pymes que les permitirá evitar tener que ingresar este impuesto hasta que hayan cobrado las facturas.

Según el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, el IVA de caja es la “primera bajada de impuestos de la legislatura” y explicó que esta Ley “corresponde a la panoplia de reformas estructurales que tienen como objetivo dotar a la economía de estabilidad”.

Los grupos parlamentarios debatieron, en primer lugar, los seis vetos presentados a la Ley, que a continuación fueron rechazos en la votación gracias a la mayoría del PP en la Cámara. Después se debatieron las enmiendas, que también fueron sometidas a votación y salieron adelante varias de las presentadas.

Otra de las medidas es la disminución del 20% en los rendimientos netos de la declaración del IRPF y una exención completa de este impuesto cuando se capitalice la prestación por desempleo.

“Con Ley de Emprendedores el Gobierno facilitará y agilizará la concesión de permisos de residencia a extranjeros que realicen adquisiciones inmobiliarias en España por encima del medio millón de euros“, aclaró Montoro.

También se beneficiarán de las medidas quienes adquieran deuda pública por encima de 2 millones de euros o aquellas que tengan impacto en la creación de puestos de trabajo o de innovación científica o tecnológica.

Por otro lado, se establece la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL), lo que llevará a que la responsabilidad derivada de las deudas empresariales no afecte a su vivienda habitual si el capital pendiente no supera los 300.000 euros.

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Redacción TICPymes

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