Los autónomos societarios y la tarifa plana

Si un profesional se dio de alta más allá de febrero de 2013, puede reclamar hasta 3700 euros.

Publicado el 11 Abr 2016

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Los autónomos societarios también tienen derecho a disfrutar de la tarifa plana. Eso es lo que se desprendió de dos sentencias favorables del TSJ de Madrid y Galicia.

Después de una dura batalla en los tribunales, finalmente se reconoció el derecho de estos administradores o socios de sociedades limitadas a aplicarse las bonificaciones a la Seguridad Social.

Desde Ilia Consultoría, explican que si un profesional se ha dado de alta como autónomo societario, con fecha posterior al 24 de febrero de 2013, tendrá la posibilidad de reclamar a la Seguridad Social hasta 3.700 euros. El Estado estaría en la obligación de devolverle esta cantidad de dinero con intereses.

En mayo del año pasado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia le dio la razón a la Confederación de Empresarios de Lugo (CEL), al entender que los autónomos societarios cuentan con derecho a que les aplique las bonificaciones y reducciones que establezca la normativa para el emprendimiento y la creación de empleo, lo que se conoce como tarifa plana.

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Redacción TICPymes

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