Trabajadores chateando, ¿de qué lado está la ley?

Se puede intervenir un ordenador de un empleado, pero la inspección debe estar justificada y tiene límites.

Publicado el 17 Feb 2016

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Sí, es legal usar el ordenador del trabajo para actividades ajenas a las profesionales. De hecho, el empleado tiene derecho a 15 minutos de descanso durante la jornada laboral, y durante ese tiempo puede hacer uso del equipo informático. Y sí, también el empleador puede inspeccionar los correos y demás comunicaciones electrónicas de sus asalariados, ya sean profesionales o privadas, pero con limitaciones.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo publicó el pasado 12 de enero una sentencia en la que encuentra dentro de la ley que una empresa revise los correos electrónicos de su plantilla. El fallo, referido a un caso ocurrido en Rumanía, incluye los mensajes enviados desde el correo corporativo (en horario laboral) y los que se transmitan a través de cuentas privadas, pero operadas desde el ordenador del trabajo.

Tras la publicación de la sentencia se han multiplicado las consultas a asesorías para conocer qué tipo de cláusula se debe incluir en el contrato de los trabajadores para poder revisar su correo. Suele introducirse un anexo específico en la parte que versa sobre confidencialidad o bien muchas compañías empiezan a notificar por la intranet que los empleados deben firmar un documento para aceptar las nuevas condiciones de privacidad, o incluso a ofrecer ligeros aumentos en el salario a quienes rubriquen su conformidad con esta política. Una vez en poder del empresario la autorización firmada, éste puede examinar las comunicaciones del empleado cuando le plazca.

Con los correos enviados desde la dirección corporativa, el proceso es más sencillo. No hace falta autorización alguna: al ser una herramienta de la empresa, esta es la dueña y responsable de todo lo que desde ella se dice. Sin embargo, hay un límite. Está prohibido entrar en contenidos estrictamente privados, como pueden ser comunicaciones que hablen de religión, enfermedades o sexualidad.

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Redacción TICPymes

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