La Unión Europea estrena nuevo reglamento que modifica la directiva comunitaria sobre el registro de marcas y que pretende armonizar las leyes de los estados miembro en relación con las marcas. Los cambios más relevantes de la nueva normativa son la adaptación del registro de marcas a la nueva era digital y la mejora de las directrices para luchar contra la piratería, según una información publicada en el número 52 de la revista ATA.
De esta manera se otorga una mayor protección al titular de la marca para conseguir la detención de mercancías en tránsito en la Unión Europea que incorporen su marca. Además, se pagará una tasa oficial de solicitud o de renovación por cada una de las clases de productos y servicios en las que se quiera registrar, en lugar de las tres clases que comprendía hasta ahora la tasa básica. Para compensarlo, se han reducido hasta en un 25% tanto las tasas de solicitud, como las de renovación.
La nueva normativa elimina el requisito de representación gráfica de las marcas. A partir de ahora, las marcas podrán representarse en cualquier forma que se considere adecuada usando la tecnología disponible, siempre que dicha representación sea clara, precisa, autosuficiente, accesible, inteligible, duradera y objetiva.
El plazo para presentar oposiciones a las nuevas marcas internacionales será de tres meses y los titulares estarán facultados para impedir el uso por un tercero de un signo idéntico, siempre y cuando puedan probar que afecta a las funciones esenciales de la marca.
Si bien no es obligatorio, si es conveniente que una pyme registre su marca antes de iniciar su actividad, ya sea tanto por motivos de seguridad como de imagen y refuerzo de ventas. La firma Herrero & Asociados recomienda en esta articulo que aunque no es obligatorio para iniciar una actividad empresarial, para una pyme puede ser conveniente registrar su marca, tanto por seguridad, como por motivos de imagen y refuerzo de ventas.