Declaración de la renta: novedades para autónomos

Disminuye el IRPF del 19 al 15%, pero ésto no es lo único que cambia. Toma nota y no pierdas detalle.

Publicado el 13 Abr 2016

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La liquidación de los impuestos del IRPF correspondientes al ejercicio 2015 trae consigo varios cambios que los autónomos deben tener muy presentes. Hoy te los resumimos para hacerte la vida un poco más fácil:

1. Reducción del IRPF. El año pasado pasa del 19 al 15%, por lo que las facturas con fecha anterior al 12 de julio se emitirán con un IRPF del 19% y a partir de esa fecha al 15%.

2. Gastos deducibles. La reforma fiscal incluye numerosos cambios, pero éstos serán aplicables en la declaración del año que viene.

3. ¿Trabajas desde casa? Una sentencia del Tribunal Económico-Administrativo Central rechazó los criterios de la Agencia Tributaria y permitirá que los autónomos puedan deducir en el IRPF los suministros, como el agua, gas, electricidad… Para ello se plantea un criterio mixto entre los metros cuadrados que se destinan a la actividad, los días laborales de trabajo y el número de horas en que se desarrollen.

4. Deducciones para familias numerosas o aquellos que cuenten con ascendientes o descendientes con algún tipo de discapacidad. Nuevas deducciones en 3.000 euros para los casos de discapacidad igual o menor al 33%, mientras que ascenderá a 6.000 euros cuando se precisa de la ayuda de una tercera persona y de 12.000 euros cuando esté por encima del 65%.

5. Otros gastos deducibles. No olvides: seguros de salud o de vida, deducciones autonómicas, la inclusión de los gastos corrientes, gastos financieros procedentes de la financiación ajena o pérdidas por deterioro de elementos patrimoniales, impuestos como el IAE o el IBI, coste de servicios de profesionales como notarios o abogados…

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Redacción TICPymes

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