Es muy común que las pymes españolas, a pesar de conocer la importancia que juega la innovación y su financiación en la competitividad y consolidación de sus proyectos, no estén al tanto ni sepan acceder a las ayudas e incentivos a la innovación (o por lo menos se crean incapaces de ello), así como a la gestión integral de los proyectos de I+D una vez puestos en marcha. Si repasamos las novedades introducidas por la ley de apoyo a emprendedores, podemos destacar algunos instrumentos que aseguran la viabilidad de este tipo de proyectos y maximizan su retorno para las empresas que los realizan, como ayudas directas (como por ejemplo las que provienen de CDTI de la Comisión Europea); o ayudas indirectas (deducciones fiscales para las actividades de I+D+i).
Entre las novedades en la fiscalidad de la I+D+i que aporta la ley de apoyo a los emprendedores y a su internacionalización, se encuentra la posibilidad de eliminar el límite en la aplicación de las deducciones fiscales por la realización de actividades de I+D+i, siempre que para ello se renuncie al 20% de la posible deducción, llegando incluso al abono de las cantidades que no puedan ser aplicadas por insuficiencia de cuota (cash back), con un máximo de 1 millón de euros anuales para las deducciones de innovación tecnológica y un límite total de 3 millones de euros para la totalidad de las deducciones de I+D+i.
Se habilita el acceso efectivo a este incentivo fiscal a las más de 20.000 empresas que declaran realizar actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, de acuerdo a la encuesta de innovación tecnológica del Instituto Nacional de Estadística correspondiente al 2011, de las cuales más del 92% son pequeñas y medianas empresas. A la mayoría de estas compañías, la configuración anterior del incentivo fiscal de las deducciones fiscales por la realización de I+D+i no les permitía obtener un ahorro real, en la medida en que no generaban los beneficios empresariales necesarios para absorber la deducción generada por su intensa inversión en I+D+i.
Se trata por lo tanto de una medida que, en términos nominales, representa un avance muy importante y que venía siendo demandada desde hace tiempo, evitando que las empresas españolas se vean penalizadas respecto de la competencia europea que sí podía acceder a este tipo de mecanismos. El talón de Aquiles de esta medida es, sin duda alguna, el diferimiento de sus efectos en la liquidez de las empresas, debido a que la aplicación real de la misma se retrasa hasta la liquidación del impuesto sobre sociedades del ejercicio 2014 (realizada en julio de 2015), pudiendo sufrir retrasos adicionales en el caso de que la emisión de los Informes Motivados (obligatorios para el aprovechamiento de este incentivo) no se produzca con anterioridad a dicha fecha.
De esta manera las pymes que ya tenían a su alcance ayudas indirectas, cuentan con nuevos instrumentos que posibilitan la obtención de mayor liquidez en el corto/medio plazo. Según datos relativos a España del 8º Barómetro de Financiación de la innovación elaborado por Alma Consulting Group, el 66% de las pymes españolas encuestadas declararon haber aplicado deducciones fiscales por actividades de I+D en 2012. El importe efectivamente aplicado podría haberse multiplicado por dos de haber podido contar con herramientas como las que articula la ley de emprendedores.
Siguiendo en el ámbito nacional, el CDTIcuenta con varios instrumentos para la financiación de proyectos de I+D+i en las PYMES: los PID (Proyectos de Investigación y Desarrollo) y la Línea Directa de Innovación.
Los PID, son proyectos que pretenden la creación o la mejora significativa de un producto, un servicio o un proceso productivo. En este caso la ayuda cuenta con una cobertura financiera de hasta el 75% del presupuesto total, pudiendo contar con un tramo no reembolsable entre el 10% y el 20% en función de la participación de entidades de investigación y el lugar de realización del proyecto. La ayuda PID contempla dos años de carencia y el posible anticipo del 25% a la firma del contrato, pudiendo ser de hasta el 75% según condiciones.
Por su parte, la Línea Directa de Innovación tiene por objeto el apoyo a proyectos que impliquen la incorporación y adaptación de tecnologías novedosas. La ayuda al proyecto tiene una cobertura de también de hasta el 75% del presupuesto financiable. En este caso existen dos posibilidades de reembolso, en 3 o 5 años, en función del tipo de interés (un 2% o un 2’5% respectivamente). La ayuda contempla un año de carencia y el posible anticipo del 25% a la firma del contrato, aunque también puede ser superior. Una de las grandes ventajas de CDTI es que el plazo de presentación de solicitudes está abierto a lo largo de todo el año.
Entrando en detalle sobre otras herramientas de financiación de proyectos de I+D+i para pymes, a finales del 2013 se presentó oficialmente HORIZONTE 2020, programa Europeo de Investigación e Innovación que sustituye al Programa Marco, con un presupuesto total de 77.000 millones de euros para financiar proyectos a desarrollar en los próximos 7 años (2014-2020). Los objetivos de España para este programa son: conseguir un retorno del 9,5%; alcanzar un liderazgo mayor del 10%, e incrementar la participación en un 15%. Si bien se abren nuevas condiciones de financiación con H2020, la participación en programas europeos no es fácil. La importante dedicación de recursos necesaria para la preparación de las propuestas técnico-económicas, así como la dificultad en la gestión del consorcio, llevan a las pymes a acudir a expertos externos para las tareas de gestión y coordinación, elevando así la tasa de éxito sin necesidad de incrementar los recursos internos.
Con la intención de potenciar su participación en los programas europeos, se pone en marcha un nuevo instrumento dentro del marco de H2020, Instrumento PYME, diseñado para acompañarlas en el lanzamiento de nuevos proyectos innovadores (no necesariamente de carácter tecnológico). Concebido en varias fases, la primera de ellas empieza en la concepción del proyecto, para el estudio de su viabilidad (con ayudas a fondo perdido de 50.000€), y si se van cumpliendo las expectativas y alcanzando los umbrales de crecimiento, el programa acompaña a la pyme hasta el lanzamiento del producto/proceso al mercado (o su implantación con carácter productivo).
Cualquiera de estas ayudas supone un incentivo interesante para la realización de actividades innovadoras. Sin embargo, las características de estas ayudas permiten encontrar un punto óptimo: el que proviene de la concatenación de los incentivos. Así, considerado el esfuerzo que le supone a la empresa el obtener y gestionar cualquiera de estas ayudas, con un esfuerzo levemente mayor se puede optar a la utilización de todos los incentivos descritos, de manera consecutiva. Así, desde la concepción del proyecto hasta su puesta en el mercado, se pude contar con ayudas de distinto tipo que se pueden concatenar, facilitando la realización de los proyectos.