Tocamos madera. Aun así, en algún momento de su vida laboral, el autónomo puede encontrarse con la situación de que no puede desarrollar su trabajo. Puede ser por una enfermedad o un accidente. En estos casos, puede cobrar la prestación por incapacidad temporal.
Para solicitar dicha ayuda en la Seguridad Social, hay que tener un parte de baja, de la mutua correspondiente o de la Seguridad Social, con el motivo por el que no se puede trabajar. Lo siguiente será rellenar un formulario que está disponible en la página web de la Seguridad Social. Justo con este documento se debe aportar además el DNI, el justificante que acredita el pago de las cuotas durante los últimos tres meses y el parte de baja de la Seguridad Social o el de la mutua o el parte de enfermedad laboral o de accidente de trabajo.
El autónomo debe también adjuntar la declaración de situación de actividad, en donde detalla la situación en la que deja el negocio, si hay alguna persona que le pueda reemplazar o si llevará a cabo la baja de la actividad, que es lo más común en aquellos negocios en los que sólo hay un solo trabajador.
La solicitud de la baja se puede enviar a la Seguridad Social por correo ordinario o presentando la documentación requerida en la dirección provincial que corresponda, solicitando con anterioridad la cita previa. La tramitación se puede hacer de manera telemática si se cuenta con un certificado electrónico, y por medio del CEPROSS en el caso de enfermedades profesionales, que permite consultar, modificar y dar de altas los partes. Para ello es preciso contar con una autorización como usuario, ya que su uso está pensado para la entidad gestora y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.