Para aquellas personas que quieran montar un negocio, el Gobierno permite desde hace algún tiempo que el emprendedor cuente con un ingreso para este cometido. Se trata de su propio paro, no disfrutado hasta el momento, y que puede reclamarlo en cualquier momento para montar su propia empresa.
Para contar con esta ayuda, se debe ser titular del derecho a prestación por cese de actividad y contar con una recepción pendiente de al menos seis meses. De ser así, estos profesionales podrán percibir de una sola vez el valor actual del importe de la prestación.
A partir de aquí, hay que acreditar que vamos a realizar una actividad profesional como trabajadores autónomos o bien que vamos a destinar dicho importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución. En este sentido, hay que acompañar la solicitud de una memoria explicativa sobre el proyecto.
Una vez capitalizado el paro, el beneficiario deberá iniciar en un mes la actividad y darse de alta como trabajador por cuenta propia en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social.
La normativa legal vigente establece que el abono de la prestación se realizará de una sola vez por el importe que corresponda a las aportaciones al capital social o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad como trabajadores autónomos.