Sí, los autónomos pueden quedar exentos del pago de sus cuotas mensuales, siempre y cuando no se encuentran incapacitados temporalmente o se vean afectados por contingencias profesionales.
Los requisitos son sencillos: han de tener 65 años y de cero a 36 años de cotización efectiva. Quedarán exonerados también los que tengan 65 años y 35 años y seis meses de cotización efectiva.
Los autónomos que se inclinaron por la cobertura de dicha contingencia tendrán que aplicar el tipo del 3,30 o 2,70% si se encuentran acogidos a la protección por contingencias profesionales o por cese de actividad. También puede continuar practicando su cotización conforme a lo que venían realizando con anterioridad.
Las bonificaciones por edad o las ayudas a personas con un grado determinado de discapacidad son otra opción. Si no cumples los requisitos siempre te quedará acogerte a las tarifas reducidas de algunas comunidades autónomas.