El plazo para presentar la declaración de 2019 se abrirá en plena cuarentena, concretamente el próximo 1 de abril y se alargará hasta el 30 de junio, tres meses durante los cuales millones de españoles tendrán que ajustar cuentas con Hacienda. Está previsto que las devoluciones comiencen a efectuarse un par de días después del inicio de la campaña.
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¿Cómo consultar el borrador por Internet?
A partir del 1 de abril los contribuyentes podrán consultar, modificar y confirmar su borrador o confeccionar su declaración de la renta por Internet, aunque los datos fiscales ya son accesibles desde el pasado 23 de marzo.
La forma más sencilla de consultar el borrador de la renta es utilizando un certificado digital o un DNI electrónico. Si no tenemos, podemos solicitar un número de referencia por Internet o por teléfono que nos permitirá acceder al borrador a través de la web o la aplicación de la Agencia Tributaria.
Para muchos contribuyentes solicitar el número de referencia es un quebradero de cabeza cada año. El motivo es que para conseguirlo es necesario informar, además del DNI y de su fecha de caducidad o de expedición si el documento es permanente, del valor de una casilla de la declaración del ejercicio anterior. Este año, la Agencia Tributaria solicita el importe de la casilla 505 que hace referencia a la base liquidable general sometida a gravamen de la declaración de 2018. Es importante no confundirlo con el resultado de la declaración.
Podemos encontrar el importe en la declaración o el borrador que presentamos el pasado año o en el documento de ingreso o de devolución. También se puede solicitar cita para que nos informen del valor de dicha casilla en una oficina de la AEAT.
Si al introducir el valor de la casilla 505, el formulario para obtener el número de referencia nos devuelve un mensaje de error, es probable que estemos introduciendo un dato erróneo. Desde el comparador HelpMyCash recuerdan que se debe introducir el valor de la casilla 505 correspondiente a la declaración que finalmente se presentó ante Hacienda, aunque no coincida con el que aparecía inicialmente en el borrador. Además, explican fuentes del comparador, el importe se debe introducir separando los números enteros de los decimales con una coma y no por un punto y no se debe teclear un punto para separar los millares de las centenas.
¿Y si no presenté la declaración el año pasado?
Los contribuyentes que no hubiesen presentado su declaración el pasado año o aquellos a los que el valor de la casilla 505 les hubiese dado un resultado igual a cero lo tendrán más fácil. En su caso, para obtener el número de referencia solo deberán introducir los cinco últimos dígitos del código IBAN de una cuenta corriente de la que sean titulares.
Cl@ve PIN, la alternativa al DNIe y a la casilla 505
Si no disponemos de certificado electrónico ni tampoco podemos obtener el número de referencia porque nos resulta imposible encontrar el valor de la casilla 505 y no queremos acudir a una oficina de la AEAT, tenemos todavía una alternativa: podemos recurrir al sistema Cl@ve PIN, que también nos permite identificarnos en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Este servicio combina una contraseña escogida por el contribuyente con un pin de uso temporal que se recibe por SMS o a través de una app. Pero tiene una desventaja: requiere registrarse previamente en el sistema. El registro se puede llevar a cabo presencialmente en una oficina autorizada o a través de Internet con o sin certificado electrónico.
Si no se dispone de certificado electrónico y se quiere realizar el proceso telemáticamente, se tendrá que solicitar una carta de invitación que se recibirá por correo postal. En ella aparecerá un código de seguridad que se tendrá que introducir para completar el registro. Una vez registrados, ya podremos usar el sistema Cl@ve PIN para consultar el borrador de la declaración de la renta por Internet y presentarlo.
¿Puede contener errores el borrador?
“Técnicamente, el borrador no contiene errores”, afirma la Agencia Tributaria. No obstante, añade que “como se elabora con información obtenida de terceros, puede que haya datos que no estén incluidos por no haber sido puestos en conocimiento de la Agencia Tributaria”. Aquí se podrían incluir, por ejemplo, los rendimientos de cuentas y de depósitos obtenidos en el extranjero, que se deberán consignar a mano en la declaración. La Agencia Tributaria recomienda revisar todos los datos contenidos en el borrador antes de presentarlo, especialmente la información relativa a inmuebles y referencias catastrales, las cuotas sindicales, las aportaciones a planes de pensiones y las deducciones.
Las fechas clave de la campaña de 2019
El 1 de abril arranca la campaña de la renta de 2019. El plazo de solicitud de citas previas, tanto para el plan Le Llamamos como para acudir a una oficina de la Agencia Tributaria (AEAT), comenzará el 5 de mayo; sin embargo, no será hasta el día 7 cuando le organismo comience a llamar a los contribuyentes que se hayan acogido al programa telefónico. Por otra parte, la atención presencial comenzará el 13 de mayo. La campaña de la renta de 2019 concluirá el 30 de junio, aunque la fecha límite para presentar declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria será el 25 de junio.