El pasado 30 de julio, cuando medio país estaba de vacaciones, se aprobó un real decreto que permitirá a la Agencia Tributaria tener antes información del IVA en las empresas y, en consecuencia, tener un mayor control del fraude.
Y es que a partir del 1 de enero de 2017, las empresas con una facturación por encima de los 6 millones de euros deberán comunicar de forma online sus transacciones y el impuesto indirecto vinculado a ellas en el plazo de cuatro días.
La iniciativa se enmarca dentro del proyecto bautizado como SII (Suministro Inmediato de Información), y supondrá una revisión generalizada de los sistemas de gestión de las empresas. Según la Agencia Tributaria el nuevo sistema facilitará el cumplimiento voluntario, supondrá una reducción de cargas indirectas, mejorará el plazo para las liquidaciones de IVA y permitirá una comprobación más selectiva y rápida. Además el cambio supondrá cierto ahorro para las empresas en el medio plazo porque, aunque tengan que adaptarse en un primer momento, después se ahorraran los recursos que destinan ahora a hacer la declaración del IVA.
Así, un grupo de grandes empresas, entre las que figuran El Corte Inglés, Mercadona, Repsol, Iberdrola y Endesa, tienen previsto sumarse al plan voluntario de información a partir del 1 de enero de 2016. Un año más tarde, el 1 de enero de 2017, comenzará la fase obligatoria para un colectivo de más de 62000 contribuyentes, formado por empresas, grupos societarios e inscritos en el régimen de devolución mensual de este impuesto, colectivo que representa el 80% de la facturación total de los sujetos pasivos del IVA.
Se calcula que el 80% de las transacciones de la economía española se verán afectadas.