Desde ahora, el gran número de autónomos que ha establecido su hogar también como oficina estará de enhorabuena, ya que el Tribunal Económico-Administrativo Central ha emitido una resolución mediante la que obliga a Hacienda a permitir la deducción de servicios como gas o agua.
Hasta este momento, la Agencia Tributaria sí permitía desgravar aquellos gastos relacionados con la hipoteca, el impuesto de bienes inmuebles, la tasa de basuras o la cuota de la comunidad, pero no admitía en ese mismo grupo otros gastos cotidianos como son la luz, el gas o el agua. Y aunque en los últimos meses, algunos autónomos lograron ese derecho por la vía judicial, desde este momento, Hacienda estará obligada a admitirlo sin acudir a esa solución.
“Con esta sentencia, se clarifica algo que se venía haciendo y siempre era motivo de controversia en caso de una revisión de Hacienda. Es una sentencia lógica considerando que los suministros son un gasto imprescindible en la actividad y, por tanto, es lógico que disminuyan el rendimiento del contribuyente” afirma Víctor González, socio y director del departamento financiero del despacho de abogados dPG Legal.
Eso sí, el camino no será todo lo fácil que cabría esperar ya que se espera que Hacienda exija la documentación necesaria para certificar que esos gastos ciertamente están relacionados con la actividad económica. Y la manera de distinguir un gasto personal se antoja difícil: De acuerdo con el TEAC, para medirlo “podría servir, un criterio combinado de metros cuadrados con los días laborables de la actividad y las horas en que se ejercite dicha actividad en el inmueble”.
Es por esto que, ante una situación como la que plantea la nueva legislación, el autónomo puede acudir por su cuenta a solicitar la deducción, pero se recomienda contar con un gestor especializado en este tipo de trámites que podrá guiarle en el proceso para obtener la información necesaria y en cómo demostrar cada uno de los gastos derivados de su actividad ante Hacienda.