Viernes: Último día para confirmar deudas con los ayuntamientos

ATA recuerda a los autónomos pendientes de pago que este trámite es imprescindible.

Publicado el 17 Abr 2012

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La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA, recuerda a los proveedores con facturas pendientes de los ayuntamientos que el plazo para comunicar que quieren cobrar dentro del mecanismo extraordinario de Plan de Pago abierto por el Gobierno finaliza este viernes, 20 de abril. En caso de no hacerlo, no se les rembolsará sus facturas pendientes.

Para ello existen dos opciones: acudir a los ayuntamientos que les adeudan para hacer esa misma gestión en formato papel hasta el viernes 20 de abril o, alternativamente, de forma telemática a la base de datos de la Agencia Tributaria hasta el domingo 22 de abril.

“Todas las delegaciones territoriales y organizaciones de ATA, están a disposición de todos los autónomos para ofrecerles asistencia técnica en el cobro de estas deudas”, anuncian desde la federación. Los técnicos de ATA ofrecerán asesoramiento e información sobre los pasos a dar para que se les paguen sus facturas y sobre las reclamaciones que pudieran ejercer en el caso de no recuperar su importe. También pone a disposición el teléfono 902.300.006 para resolver todas las dudas.

Procedimientos a seguir

1. Vía telemática: Los proveedores deben acceder a la página web de la Agencia Tributaria e identificarse mediante Certificado Electrónico de Usuario emitido por alguna de las autoridades de certificación admitidas por la Agencia Tributaria, por ejemplo, el DNI electrónico y los emitidos por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.

Los proveedores deben consignar el NIF (ya sea de persona físicas o jurídica) que figure en las facturas emitidas a las entidades locales, lo que les permitirá acceder a la relación de facturas de ese NIF e indicar la voluntad de acudir al procedimiento de pago, identificando la cuenta bancaria donde quieren que les sea satisfecho el mismo y el importe de la quita, en caso de existir.

Una vez que manifiesten su decisión voluntaria de acudir al Plan de Pago a Proveedores, la tesorería de la respectiva entidad local excluirá de los posibles pagos ordinarios a dichos proveedores.

2. Presentación presencial: Alternativamente, pero no a la vez, los proveedores pueden dirigirse a la entidad local comunicando por escrito su decisión de acudir al mecanismo de pago, facilitando el NIF, el número de cuenta corriente y el importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir.

Si los proveedores optan por la vía presencial, posteriormente las entidades locales deberán comunicar esa información por vía telemática y con firma electrónica a la Agencia Tributaria.

Toda la información está disponible en la web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a través de un banner con la identificación “Pago a Proveedores”, donde se accederá a toda la información relacionada con el mecanismo de pago, notas de prensa publicadas, la normativa aprobada así como una relación de preguntas frecuentes para que los proveedores puedan resolver sus dudas.

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Redacción TICPymes

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